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Brasil ha aprobado normas técnicas y de calidad para andadores infantiles Jun 15, 2018

El Instituto Nacional de Metrología, Calidad y Tecnología (INMETRO) de Brasil ha promulgado el Decreto No 42/2018 para aprobar las normas técnicas y de calidad para andadores infantiles. Las regulaciones entran en vigencia de inmediato. Los principales contenidos son los siguientes:


Ámbito de aplicación::

1. Aplique a: andadores para bebés, incluidas las partes inflables, los niños pueden ser apoyados por el asiento y la entrepierna está atada, conectada a la estructura dura, y hay ruedas o ruedecillas.

2. No se aplique a: andadores para bebés y niños pequeños con fines terapéuticos y terapéuticos, así como para niños avanzados, posiciones de pie y andadores específicamente para la exportación.


Registro / certificación:

1. De acuerdo con el Reglamento No. 512/2016, los andadores de bebés deben estar registrados en INMETRO.

2. El registro de INMETRO es obligatorio para obtener marcas de conformidad y disponibilidad en el mercado nacional.



Requerimientos generales:

1. Walker no debe causar daño a los niños después del montaje y uso.

2. Los materiales utilizados deben cumplir con los requisitos de retardantes de llama.

3. Las advertencias de riesgo para los caminantes deben estar en portugués.

4. El andador debe estar adherido con advertencias e instrucciones que reflejen la importancia de leer las instrucciones.

5. El juguete (el juguete que se adjunta al andador) debe cumplir con los requisitos específicos.

6. Todas las partes con circuitos electrónicos o sonidos deberán cumplir con las secciones NM300-1 y -6.

7. Cualquier tejido que pueda quitarse del andador debe limpiarse y secarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.


El término:

  1. Para los fabricantes o importadores, estos requisitos deben cumplirse dentro de los 18 meses posteriores a la emisión de este reglamento.
  2. Para las tiendas (incluida la venta al por mayor), estos requisitos deben cumplirse dentro de los 24 meses posteriores a la emisión de este reglamento.
  3. Para las tiendas (minoristas) que venden a consumidores finales, estos requisitos deben cumplirse dentro de los 36 meses posteriores a la emisión de este reglamento.


Nota:

Incluso dentro de un período de tiempo suficiente, los fabricantes e importadores nacionales deben ser responsables de la seguridad de los caminantes en el mercado nacional. Y el daño causado por el uso del producto o el riesgo que supone el niño.

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